Abusos de la Policía Nacional y manipulación de redes sociales oficiales del Estado

#COMUNICADO

ABUSOS DE LA POLICÍA NACIONAL Y MANIPULACIÓN DE REDES SOCIALES OFICIALES DEL ESTADO

Panamá, 4 /2 /25

La Coordinación Nacional de Derechos Humanos denuncia públicamente los recientes abusos de la Policía Nacional de Panamá (PN) en el ejercicio de sus funciones y la utilización indebida de redes sociales oficiales del Estado para la difusión de información falsa con el fin de justificar actos de represión.



El video publicado en la cuenta de X (@policiadepanama) calificando como "fake news" las declaraciones del Rector de la Universidad de Panamá, Eduardo Flores Castro, constituye un intento flagrante de desinformación institucional. Dichas declaraciones hacían referencia a la golpiza propinada por un oficial de la PN a una ciudadana que ejercía su derecho a la protesta. El uso de redes sociales oficiales del Estado para desmentir pruebas visuales de un abuso policial no solo representa un acto de propaganda estatal indebida, sino que además implica una clara violación de los principios legales y éticos que rigen el actuar de los funcionarios públicos.


El Director de la Policía Nacional, Jorge Fernández, al establecer juicios de veracidad sobre piezas probatorias mediante una red social oficial, ha incurrido en una extralimitación de funciones y en un uso indebido de recursos del Estado, ambos constitutivos de responsabilidad administrativa y penal.

VIOLACIONES AL MARCO LEGAL PANAMEÑO

  1. Violación del Principio de Legalidad: La Constitución Política de Panamá, en su artículo 18, establece que "los servidores públicos son responsables ante la ley por sus actuaciones en el desempeño de sus funciones. Ningún servidor público, aún de jerarquía superior, podrá ordenar ni ejecutar actos contrarios a la Constitución o la Ley".

    • Esto implica que el Director de la PN no tiene facultades para determinar la veracidad de pruebas judiciales ni para influir en la narrativa de hechos a través de canales estatales.

  2. Uso Indebido de Recursos del Estado: El Código de Ética de los Servidores Públicos (Decreto Ejecutivo N° 246 de 2004) establece en su artículo 25 que los funcionarios están obligados a utilizar los recursos del Estado de manera racional y sin fines propagandísticos o partidistas. Además, el artículo 28 prohíbe el uso de información obtenida en el ejercicio de funciones para beneficio propio o de terceros.

  3. Extralimitación de Funciones y Abuso de Autoridad: De acuerdo con el Código Penal de Panamá (Ley 14 de 2007):

    • Artículo 351: Sanciona el abuso de autoridad e infracción de los deberes del servidor público, con penas de prisión de dos a cuatro años.

    • Artículo 355: Penaliza la extralimitación de funciones, estableciendo prisión de uno a tres años para el funcionario que realice actos propios de otra autoridad sin estar facultado para ello.

  4. Obligación del Ministerio Público de Actuar de Oficio: Conforme al Código Procesal Penal (Ley 63 de 2008):

    • Artículo 20 - Principio de Oficiosidad: "El Ministerio Público promoverá de oficio la persecución penal en los delitos de acción pública."

    • Artículo 201 - Obligación de Investigar: "El Ministerio Público deberá iniciar una investigación cuando tenga conocimiento de la comisión de un delito de acción pública, ya sea por denuncia, querella o de oficio."

EXIGENCIAS AL ESTADO PANAMEÑO:

  1. Investigación Inmediata: Exigimos que la Procuraduría General de la Nación (PGN) inicie de oficio una investigación contra el Director de la Policía Nacional y otros funcionarios involucrados en la manipulación de información oficial y en la justificación de actos de represión.

  2. Sanción a los Responsables: La impunidad de estos actos atenta contra el Estado de Derecho. Cualquier funcionario que abuse de su autoridad debe ser destituido y enfrentar las responsabilidades administrativas, civiles y penales que correspondan.

  3. Garantía del Derecho a la Protesta y a la Libertad de Expresión: Recordamos que el derecho a la protesta pacífica está protegido por la Constitución y tratados internacionales de derechos humanos. La Policía Nacional debe actuar conforme a los principios de proporcionalidad y respeto a los derechos fundamentales.

El pueblo panameño no puede aceptar que una institución de seguridad estatal, cuyo deber es garantizar la seguridad y el orden público, se convierta en una maquinaria de desinformación y represión. Seguiremos vigilantes y utilizando todas las vías legales para frenar estos abusos.






Video de la PN:
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