Tu familia u organización sufren el escarnio público. Y al final, aunque ganes el caso, estás financieramente arruinado, emocionalmente agotado y tu capacidad de seguir defendiendo tu comunidad, tus derechos, queda seriamente mermada.
Esto no es ficción. Es la realidad que enfrentan líderes indígenas, organizaciones de trabajadores, defensores ambientales, periodistas y ciudadanos comunes en muchos países del mundo. Y tiene nombre: SLAPP (Strategic Lawsuit Against Public Participation), o en español, demanda estratégica contra la participación pública.
En Panamá, donde durante 2025 hemos presenciado una de las crisis de derechos humanos más graves de nuestra historia reciente —con más de 600 detenciones arbitrarias, tortura sistemática, violencia sexual de género, criminalización de la protesta social y una macrorepresión que afectó principalmente a pueblos indígenas Ngäbe, Buglé y Emberá—, las demandas SLAPP representan una herramienta adicional de silenciamiento que se suma a un arsenal ya de por sí amplio de mecanismos represivos. Este artículo busca explicar qué son las SLAPP, por qué constituyen una amenaza grave para la democracia, cómo se manifiestan en el contexto panameño y qué podemos hacer para protegernos.
¿Qué es exactamente una SLAPP?
Las demandas SLAPP son acciones judiciales diseñadas como censura encubierta. No buscan genuinamente resolver conflictos legítimos ni obtener reparación por daños reales. Su objetivo es agotar, intimidar y silenciar a quienes participan en el debate público sobre asuntos de interés colectivo. Son, en esencia, el uso perverso del sistema de justicia para convertir el derecho a demandar en un mecanismo de censura contra quienes ejercen sus derechos fundamentales de expresión, reunión y protesta.
El término fue acuñado en Estados Unidos durante la década de 1980 por los profesores George W. Pring y Penelope Canan, quienes identificaron un patrón creciente de empresas y figuras poderosas que utilizaban el sistema judicial para amedrentar a ciudadanos y organizaciones que se oponían a proyectos que afectaban el medio ambiente o el interés público. Desde entonces, el fenómeno se ha extendido globalmente, afectando a defensores de derechos humanos, periodistas de investigación, activistas anticorrupción, líderes comunitarios y sindicalistas.
La característica distintiva de una SLAPP es su naturaleza estratégica: el demandante no espera ganar el caso en el fondo. Lo que busca es que el proceso mismo sea el castigo. Las tácticas incluyen demandas simultáneas en múltiples jurisdicciones, acumulación de procesos civiles, penales y administrativos sobre los mismos hechos, uso de testigos falsos o coaccionados, dilaciones procesales deliberadas y solicitudes de medidas cautelares abusivas. El mensaje es claro: si te atreves a criticar al poder, pagarás un precio muy alto.
Las demandas SLAPP son acciones judiciales diseñadas como censura encubierta. No buscan genuinamente resolver conflictos legítimos ni obtener reparación por daños reales. Su objetivo es agotar, intimidar y silenciar a quienes participan en el debate público sobre asuntos de interés colectivo. Son, en esencia, el uso perverso del sistema de justicia para convertir el derecho a demandar en un mecanismo de censura contra quienes ejercen sus derechos fundamentales de expresión, reunión y protesta.
El término fue acuñado en Estados Unidos durante la década de 1980 por los profesores George W. Pring y Penelope Canan, quienes identificaron un patrón creciente de empresas y figuras poderosas que utilizaban el sistema judicial para amedrentar a ciudadanos y organizaciones que se oponían a proyectos que afectaban el medio ambiente o el interés público. Desde entonces, el fenómeno se ha extendido globalmente, afectando a defensores de derechos humanos, periodistas de investigación, activistas anticorrupción, líderes comunitarios y sindicalistas.
La característica distintiva de una SLAPP es su naturaleza estratégica: el demandante no espera ganar el caso en el fondo. Lo que busca es que el proceso mismo sea el castigo. Las tácticas incluyen demandas simultáneas en múltiples jurisdicciones, acumulación de procesos civiles, penales y administrativos sobre los mismos hechos, uso de testigos falsos o coaccionados, dilaciones procesales deliberadas y solicitudes de medidas cautelares abusivas. El mensaje es claro: si te atreves a criticar al poder, pagarás un precio muy alto.
Cinco señales de alerta para identificar una SLAPP
No toda demanda en contra de un activista o periodista es una SLAPP. Sin embargo, existen patrones recurrentes que permiten identificar cuando nos encontramos frente a una demanda estratégica contra la participación pública:
1. Desbalance de poder y recursos
El demandante suele poseer recursos económicos y políticos significativamente superiores a las personas demandadas. Mientras el demandante puede costear años de litigio sin afectar su estabilidad financiera, el demandado —que suele ser un periodista, un activista, un defensor de derechos humanos, un líder comunitario o una ciudadana común que expresó una opinión crítica— enfrenta la perspectiva de gastar sus ahorros, perder su empleo o endeudarse para poder defenderse. En el contexto panameño de 2025, donde líderes indígenas como Toribio García fueron criminalizados por protestar contra la Ley 462 de la Caja de Seguro Social, este desbalance se vuelve aún más pronunciado cuando se trata de comunidades que ya enfrentan históricas condiciones de exclusión y pobreza.
2. Falta de sustento jurídico
Las SLAPP suelen presentar alegaciones vagas, exageradas o directamente infundadas. Los demandantes invocan figuras como difamación, injuria, daños morales o calumnia sin poder demostrar elementos esenciales como la falsedad de la información, el dolo o el daño real causado. En muchos casos, lo que se criminaliza no es una información falsa, sino una opinión crítica o una denuncia legítima de interés público. Durante las protestas de 2025 en Panamá, vimos cómo autoridades gubernamentales calificaron de "terroristas" a sindicatos y organizaciones sociales, creando un clima propicio para que estas acusaciones infundadas se traduzcan en persecución judicial.
3. Temporalidad sospechosa
La demanda aparece inmediatamente después de que el demandado ejerció su libertad de expresión o participó en una protesta. Esta cercanía temporal no es casual: busca establecer una relación directa entre el acto de expresión crítica y la "afectación" alegada por el demandante. En Panamá, donde el presidente José Raúl Mulino declaró que protestar contra la Ley 462 era "irracional" y la ministra de Educación calificó las movilizaciones de "terrorismo", la línea entre el ejercicio legítimo de derechos y la supuesta comisión de delitos se volvió deliberadamente borrosa.
4. Tácticas procesales abusivas
Las SLAPP se caracterizan por el uso de múltiples estrategias procesales diseñadas para maximizar el costo y la duración del litigio para el demandado. Esto incluye el uso de testigos falsos o coaccionados, solicitudes de pruebas innecesarias, recursos dilatorios, cambios de estrategia procesal constantes y la acumulación de procesos simultáneos. El objetivo es crear un laberinto judicial del cual sea imposible salir sin sufrir daños significativos. En el contexto de la macrorepresión panameña de 2025, donde se documentaron 99 casos de tortura y tratos crueles por parte de la Defensoría del Pueblo, estas tácticas se suman a un patrón más amplio de violencia institucional.
5. Figuras legales recurrentes
Las SLAPP suelen apoyarse en determinadas figuras jurídicas: difamación civil o penal, injuria, calumnia, daños morales, auditorías fiscales como hostigamiento administrativo, y multiplicidad procesal (demandas simultáneas en civil, penal y administrativo sobre idénticos hechos). En Panamá, los artículos 193-195 del Código Penal tipifican injuria y calumnia con penas de prisión, incluso cuando se cometen por medios de comunicación. Esta normativa, heredada de épocas autoritarias, proporciona el marco legal perfecto para el hostigamiento judicial contra quienes ejercen la libertad de expresión.
El movimiento global contra las SLAPP
Frente a esta amenaza sistémica contra la democracia participativa, múltiples países han adoptado legislación anti-SLAPP. En Estados Unidos actualmente más de 30 estados cuentan con leyes que permiten a los jueces desestimar rápidamente demandas que buscan silenciar el discurso sobre asuntos de interés público. Canadá, Australia, el Reino Unido y varios países de la Unión Europea han seguido el ejemplo, reconociendo que la protección de la participación ciudadana es fundamental para el funcionamiento de una democracia saludable, pero con el auge de la ultraderechización de las instituciones hay un cierre Democrático que impide avances sustanciales.
En 2024, la Unión Europea aprobó una directiva contra las demandas estratégicas de intimidación, estableciendo mecanismos de protección transfronteriza para personas y organizaciones que enfrentan litigios abusivos en jurisdicciones de la UE. Esta directiva reconoce explícitamente que las SLAPP no solo afectan a los demandados individuales, sino que tienen un efecto disuasivo más amplio sobre toda la sociedad civil, generando un "efecto de enfriamiento" que desincentiva la participación pública en asuntos de interés colectivo.
Una legislación anti-SLAPP robusta debe incluir varios elementos esenciales:
Definición clara de SLAPP
Es necesario establecer criterios precisos que permitan a los jueces identificar tempranamente cuando una demanda tiene por objetivo principal silenciar la participación pública, más que obtener una reparación legítima.
Desestimación temprana
Los mecanismos anti-SLAPP deben permitir el archivo rápido de demandas abusivas en etapas iniciales del proceso, suspendiendo las costosas etapas probatorias cuando el demandado demuestra que su expresión versa sobre asuntos de interés público.
Inversión de la carga de la prueba
Cuando el demandado demuestra que su expresión versa sobre asuntos de interés público, es el demandante quien debe probar la viabilidad real de su caso, no al contrario.
Condena en costas y multas por temeridad
Los demandantes que presenten SLAPP deben enfrentar consecuencias económicas significativas, incluyendo el pago de todas las costas procesales y multas por litigio temerario.
Indemnización por daños
Los demandados que sufran SLAPP deben tener derecho a una indemnización integral por los daños derivados del litigio abusivo, incluyendo daños materiales, morales y al proyecto de vida.
Asistencia judicial gratuita
El costo de la defensa no debe ser un factor de silencio. Las leyes anti-SLAPP deben garantizar acceso a asistencia jurídica gratuita para personas y organizaciones que enfrenten demandas estratégicas.
Estas leyes permiten a los jueces rechazar demandas abusivas infundadas, protegiendo el derecho a la libertad de expresión, a la protesta, la soberanía popular y la libertad de información. Sin embargo, su eficacia depende de que los operadores de justicia estén capacitados para identificar y aplicar estos mecanismos de protección.
Panamá: un territorio vulnerable sin protección anti-SLAPP
Panamá es un Estado sin un sistema nacional de protección de Derechos Humanos con fuerza legal vinculante, reina la discrecionalidad como advierten decenas de informes de Derechos Humanos, la criminalización de la protesta socio ecológica, el disenso político y la acción de defensores de Derechos Humanos es una características recurrente.
Un grave síntoma de este problema estructural se revela en la inexistencia de una legislación específica contra las demandas SLAPP. Aunque nuestra Constitución prohíbe la censura previa y el país ratificó la Convención Americana sobre Derechos Humanos en 1978 —aceptando la jurisdicción contenciosa de la Corte Interamericana en 1990—, nuestro ordenamiento jurídico interno presenta graves contradicciones que permiten convertir el derecho a demandar en mecanismo de censura contra quienes protestan.
El Código Penal panameño criminaliza la expresión a través de los artículos 193-195, que tipifican injuria y calumnia con penas de prisión, incluso cuando se cometen por medios de comunicación social. Esta normativa, que data de tiempos en los que los delitos de opinión eran herramientas comunes de represión política, sigue vigente y representa una espada de Damocles sobre periodistas, activistas y cualquier ciudadano que se atreva a criticar a quienes monopolizan el poder real del Estado.
La contradicción es evidente: Panamá asume compromisos internacionales de máxima protección a la libertad de expresión —como los establecidos en el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos—, pero su ordenamiento interno permite convertir el derecho a demandar en mecanismo de censura contra quienes protestan. Esta dualidad normativa es característica de un sistema que, como documentaron extensamente los informes de derechos humanos de 2025 de la Coordinación Nacional de Derechos Humanos, sufre de un "déficit institucional en derechos humanos" donde los tratados internacionales tienen rango constitucional en el papel, pero no se traducen en mecanismos internos efectivos de protección.
Durante las protestas contra la Ley 462 de la Caja de Seguro Social entre marzo y julio de 2025, observamos múltiples elementos que configuran un caldo de cultivo perfecto para el surgimiento y proliferación de demandas SLAPP:
Criminalización sistemática de la protesta
El gobierno del presidente José Raúl Mulino y personajes paraestatales implementaron una estrategia de criminalización de la protesta social que incluyó declaraciones estigmatizantes de altos funcionarios, la imputación de delitos de opinión política a dirigentes sociales, y la utilización del aparato penal como herramienta de disuasión. El caso emblemático de Toribio García, dirigente Ngäbe de 25 años de trayectoria, ilustra este patrón: fue detenido arbitrariamente en horas de madrugada, acusado de "atentado contra la personalidad interna del Estado" por protestar contra la Ley 462, y sometido a medidas cautelares que incluían prohibición de usar redes sociales —una censura previa flagrante.
La situación descrita la ilustra también las acciones legales de empresas mineras y otras que han sido denunciadas por prácticas fuera de la ley en materia ambiental y han emprendido una persecución contra lideres y organizaciones que impulsan procesos pedagógicos y legales contra las arbitrariedades, como el caso del Centro de Incidencia Ambiental, el caso de líderes de la costa abajo de Colón y comunidades aledañas a proyecto minero Cobre Panamá.
Narrativas oficiales que deshumanizan a los manifestantes
Desde mucho antes del inicio del Operativo Omega en la provincia de Bocas del Toro, durante los sucesos de la huelga contra la ley 462, el Estado panameño recurrió a una narrativa que deshumanizaba a los manifestantes y justificaba la violencia institucional. Funcionarios de alto rango clasificaron a las personas movilizadas como "delincuentes", "vándalos", "terroristas" y "pandilleros", borrando la distinción fundamental entre una protesta legítima, amparada por el derecho constitucional e internacional, y actos delictivos individuales. El Ministro de Seguridad, Frank Ábrego, afirmó públicamente que había "delincuentes infiltrados que intentan incendiar un cuartel policial", mientras que el subdirector de la Policía Nacional, Jorge Domínguez, señaló: "Si usted viene a agredir [...] usted ya no es un manifestante, usted es un vándalo, un delincuente. Va a ser tratado como tal". Sin embargo, nunca lograron probar en procesos penales contra cientos de detenidos, tales acusaciones.
Desde mucho antes del inicio del Operativo Omega en la provincia de Bocas del Toro, durante los sucesos de la huelga contra la ley 462, el Estado panameño recurrió a una narrativa que deshumanizaba a los manifestantes y justificaba la violencia institucional. Funcionarios de alto rango clasificaron a las personas movilizadas como "delincuentes", "vándalos", "terroristas" y "pandilleros", borrando la distinción fundamental entre una protesta legítima, amparada por el derecho constitucional e internacional, y actos delictivos individuales. El Ministro de Seguridad, Frank Ábrego, afirmó públicamente que había "delincuentes infiltrados que intentan incendiar un cuartel policial", mientras que el subdirector de la Policía Nacional, Jorge Domínguez, señaló: "Si usted viene a agredir [...] usted ya no es un manifestante, usted es un vándalo, un delincuente. Va a ser tratado como tal". Sin embargo, nunca lograron probar en procesos penales contra cientos de detenidos, tales acusaciones.
Negación del derecho a la verdad
El Estado no solo reprimió y criminalizó la protesta, sino que construyó un aparato discursivo y mediático para negar sistemáticamente las violaciones cometidas. Ante testimonios, videos, informes y pruebas médicas, la respuesta institucional fue: "No hay evidencias", "Son aprehensiones, no detenciones", "Los videos están editados", "Eso genera morbo". Esta postura niega de plano las 186 entrevistas a víctimas realizadas por la Defensoría del Pueblo, donde se documentaron lesiones físicas, tratos crueles, aprehensiones arbitrarias y testimonios que contienen evidencia fotográfica, médica, psicológica y audiovisual, e igualmente los cientos de casos documentados por varias organizaciones de Derechos Humanos.
Colapso de la tutela judicial efectiva
La crisis de 2025 reveló una grave erosión de la tutela judicial efectiva en Panamá. El hábeas corpus fue suspendido inicialmente durante el estado de emergencia en Bocas del Toro —una medida declarada inconstitucional por juristas— y numerosos recursos fueron rechazados o demorados. Los acuerdos del Órgano Judicial (416, 453 y 470 de 2025) suspendieron términos judiciales en provincias afectadas por protestas, generando retrasos que vulneraron el derecho de las víctimas a un acceso oportuno a la justicia. Como señala el informe sobre tutela judicial efectiva, "el acceso formal existe, pero es ilusorio en la práctica: la demora y suspensión hacen ineficaz el recurso".
En este contexto, donde ya se observa un patrón de violencia institucional, impunidad funcional y negación del derecho a la verdad, las demandas SLAPP representan una herramienta adicional de silenciamiento que puede ser utilizada contra quienes documenten, denuncien o exijan responsabilidades por las violaciones cometidas durante la represión de 2025. Este fenómeno muestra con creces el nivel de sistematicidad de violación de Derechos Humanos que perpetra el Estado Panameño de forma continuada.
Escenarios de SLAPP en el contexto panameño
Aunque no existen estadísticas oficiales sobre demandas SLAPP en Panamá, el contexto descrito permite identificar varios escenarios de alto riesgo donde este tipo de litigios abusivos podrían manifestarse:
Defensores ambientales y territoriales
Panamá tiene una historia de conflictos por proyectos extractivos que afectan territorios indígenas y comunidades rurales. Durante las protestas de 2023 y 2025, la cuestión de la minería fue uno de los temas centrales de movilización. Líderes que denunciaron la contaminación de ríos, la afectación a territorios ancestrales o la falta de consulta previa a pueblos indígenas podrían enfrentar demandas por difamación o daños morales presentadas por empresas mineras o sus representantes o terceros, amparados en relatos de criminalización del Estado. El caso de Toribio García, criminalizado por defender derechos en territorio Ngäbe-Buglé, muestra cómo el Estado ya utiliza el aparato judicial contra defensores territoriales.
Periodistas y medios de comunicación
El bloqueo de internet y telefonía móvil en Bocas del Toro durante nueve días, afectando a más de 150 mil personas, evidencia la disposición del Estado a restringir la libertad de información cuando esta contradice la narrativa oficial. Periodistas que investiguen las violaciones de derechos humanos cometidas durante la represión, que cuestionen la gestión de la crisis por parte del gobierno o que denuncien casos de corrupción relacionados con el manejo de la emergencia, podrían enfrentar demandas SLAPP presentadas por funcionarios públicos o empresas vinculadas al Estado.
Sindicalistas y líderes laborales
La huelga docente de 2025 fue objeto de una criminalización sistemática por parte del gobierno. La ministra de Educación declaró que "no existe" la huelga, el Contralor General acusó a los docentes huelguistas de "vender terrorismo", y miles de educadores enfrentaron retenciones salariales y otros cientos separación de cargo sin debido procesos administrativos. En este contexto, sindicalistas que lideren protestas laborales, denuncien violaciones a derechos sindicales o cuestionen políticas públicas podrían enfrentar demandas civiles o penales presentadas por autoridades gubernamentales o empresas privadas. El caso del sindicato de la construcción de Panamá, SUNTRACS, es emblemático.
Organizaciones de la sociedad civil
Las organizaciones que documentaron las violaciones de derechos humanos durante la represión de 2025, que acompañaron a víctimas en procesos judiciales o que denunciaron ante organismos internacionales podrían enfrentar demandas por "difamación" o "daños morales" presentadas por funcionarios estatales o instituciones gubernamentales. La estrategia de negación sistemática de las violaciones —"no hay evidencias", "los videos están editados"— podría extenderse a demandas judiciales contra quienes mantengan versiones contrarias a la narrativa oficial.
Ciudadanos comunes que expresan opiniones críticas
Ya se han dado allanamientos de casas de "influencers" críticos sin contar con los procedimientos penales necesarios como objeto de intimidación. En la era de las redes sociales, cualquier ciudadano que publique una opinión crítica sobre el gobierno, que comparta información sobre violaciones de derechos humanos o que organice manifestaciones pacíficas podría enfrentar demandas por injuria o calumnia. La criminalización de la expresión en el Código Penal panameño, sumada a la ausencia de mecanismos de protección anti-SLAPP, crea un ambiente de autocensura donde el ciudadano común prefiere callar antes que arriesgarse a un proceso judicial costoso y prolongado.
La urgencia de protección legislativa
La ausencia de legislación anti-SLAPP en Panamá no es un vacío jurídico menor: es una vulnerabilidad estructural que expone a defensores de derechos humanos, periodistas, activistas y ciudadanos comunes al hostigamiento judicial por parte de actores poderosos. En un contexto donde ya se observa un patrón de criminalización de la protesta, represión violenta y negación del derecho a la verdad, las demandas SLAPP representan una herramienta adicional de silenciamiento que puede tener efectos devastadores sobre la participación ciudadana.
La necesidad de protección legislativa es urgente por varias razones:
Protección de la democracia participativa
La democracia no se reduce a votar cada cinco años: requiere la participación activa de la ciudadanía en el debate público, la fiscalización del poder y la defensa de derechos colectivos. Las SLAPP atentan directamente contra esta dimensión esencial de la democracia, generando un "efecto de enfriamiento" que disuade a la ciudadanía de participar en asuntos de interés público por temor a represalias judiciales.
Cumplimiento de obligaciones internacionales
Panamá tiene obligaciones internacionales de protección a la libertad de expresión derivadas de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y otros instrumentos internacionales. La ausencia de mecanismos de protección contra las SLAPP configura una violación de estas obligaciones, ya que expone a personas que ejercen derechos fundamentales a litigios abusivos sin proporcionarles recursos efectivos de defensa.
Combate a la impunidad
En contextos de violaciones graves de derechos humanos, como los documentados durante la represión de 2025 en Panamá, las SLAPP pueden ser utilizadas para obstaculizar la documentación de violaciones, la búsqueda de verdad y la exigencia de justicia. Quienes denuncien tortura, detenciones arbitrarias, violencia sexual o ejecuciones extrajudiciales podrían enfrentar demandas diseñadas para agotarlos y silenciarlos, contribuyendo así a la impunidad de los responsables.
Protección de defensores de derechos humanos
Los defensores de derechos humanos en Panamá, especialmente aquellos que trabajan en territorios indígenas o comunidades rurales, ya enfrentan múltiples riesgos por su labor. La posibilidad de enfrentar demandas SLAPP añade una vulnerabilidad adicional que puede forzarlos a abandonar su trabajo de defensa. La comunidad internacional, a través de la Declaración de las Naciones Unidas sobre Defensores de Derechos Humanos, ha reconocido la necesidad de proteger a quienes promueven derechos humanos de todo tipo de violencia, presión o represalias —incluyendo las de naturaleza judicial.
Recomendaciones para la protección contra SLAPP en Panamá
Ante esta situación, es urgente que Panamá adopte medidas de protección contra las demandas SLAPP. A continuación, presentamos recomendaciones dirigidas a diferentes actores:
Para el Órgano Legislativo
Reforma del Código Penal: Derogar o reformar los artículos 193-195 que criminalizan la injuria y calumnia, eliminando las penas de prisión y estableciendo que estas figuras solo proceden cuando se demuestra dolo, falsedad de la información y daño real —no por el mero ejercicio de la libertad de expresión sobre asuntos de interés público.
Ley anti-SLAPP: Aprobar legislación específica que establezca mecanismos de filtro para identificar y desestimar rápidamente demandas que busquen silenciar la participación pública. Esta ley debe incluir definición clara de SLAPP, procedimiento de desestimación temprana, inversión de la carga de la prueba, condena en costas y multas por temeridad, indemnización por daños y asistencia judicial gratuita para demandados.
Armonización con estándares internacionales: Asegurar que toda la normativa relacionada con libertad de expresión y acceso a la información pública esté armonizada con los estándares interamericanos de protección a la libertad de expresión, particularmente los desarrollados por la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Para el Órgano Judicial
Capacitación en derechos humanos: Implementar programas permanentes de formación en derechos humanos para jueces, magistrados y operadores judiciales, con énfasis en estándares internacionales de protección a la libertad de expresión y la participación ciudadana.
Desarrollo de criterios jurisprudenciales: Desarrollar criterios claros para identificar y desestimar demandas que configuren SLAPP, incluso en ausencia de legislación específica, basándose en los principios constitucionales de protección a la libertad de expresión y los estándares interamericanos.
Celeridad procesal: Garantizar que los procesos relacionados con libertad de expresión se resuelvan con la celeridad que la naturaleza de estos casos requiere, evitando que la duración del litigio se convierta en mecanismo de censura.
Para la sociedad civil
Documentación y denuncia: Documentar casos de posibles SLAPP para visibilizar el problema y generar presión para la adopción de mecanismos de protección.
Solidaridad y apoyo: Establecer redes de solidaridad y apoyo legal para personas y organizaciones que enfrenten demandas SLAPP, incluyendo fondos de defensa legal y campañas de visibilización.
Incidencia política: Realizar incidencia política ante el Legislativo y el Judicial para la adopción de mecanismos de protección contra SLAPP, incluyendo propuestas de reforma legislativa y protocolos de actuación judicial.
Incidencia política: Realizar incidencia política ante el Legislativo y el Judicial para la adopción de mecanismos de protección contra SLAPP, incluyendo propuestas de reforma legislativa y protocolos de actuación judicial.
Para la comunidad internacional
Monitoreo y denuncia: Monitorear la situación de libertad de expresión y participación ciudadana en Panamá, denunciando casos de SLAPP y presionando por la adopción de mecanismos de protección.
Cooperación técnica: Ofrecer cooperación técnica para el desarrollo de legislación anti-SLAPP y la capacitación de operadores judiciales en estándares internacionales de protección a la libertad de expresión.
Condicionalidad de la cooperación: Condicionar la asistencia técnica y financiera al respeto de estándares internacionales de derechos humanos, incluyendo la protección contra litigios abusivos.
Defender el derecho a participar
Las demandas SLAPP representan una amenaza grave para la democracia participativa. Cuando el derecho a demandar se convierte en mecanismo de censura, cuando el proceso judicial se utiliza para agotar y silenciar a quienes ejercen derechos fundamentales, cuando la justicia se pervierte en herramienta de represión, estamos ante una crisis que trasciende el ámbito individual y afecta las bases mismas de nuestra convivencia democrática.
En Panamá, donde durante 2025 presenciamos una de las crisis de derechos humanos más graves de nuestra historia reciente —con tortura sistemática, detenciones arbitrarias masivas, violencia sexual de género, criminalización de la protesta social y negación del derecho a la verdad—, la ausencia de protección contra las SLAPP representa una vulnerabilidad estructural que puede ser explotada para silenciar a quienes documenten, denuncien o exijan responsabilidades por estas violaciones.
La protección contra las SLAPP no es un privilegio para periodistas o activistas: es una garantía para toda la ciudadanía. Cuando defendemos a quienes ejercen la libertad de expresión sobre asuntos de interés público, estamos defendiendo nuestro derecho a estar informados, a participar en el debate democrático, a exigir rendición de cuentas. Cuando permitimos que las SLAPP prosperen, estamos permitiendo que el poder económico y político cierre los espacios de participación ciudadana.
El movimiento global contra las SLAPP demuestra que es posible proteger la participación ciudadana sin afectar el derecho legítimo a obtener reparación por daños reales. Las leyes anti-SLAPP no impiden que las personas legítimamente afectadas por información falsa o expresiones injuriosas accedan a la justicia: simplemente establecen filtros para identificar y desestimar demandas que buscan silenciar, no reparar.
Panamá necesita urgentemente sumarse a este movimiento global. Necesitamos reformar nuestro Código Penal para eliminar los delitos de opinión que criminalizan la expresión. Necesitamos aprobar legislación anti-SLAPP que proteja a quienes participan en el debate público. Necesitamos capacitar a nuestros operadores judiciales en estándares internacionales de protección a la libertad de expresión. Necesitamos fortalecer nuestra sociedad civil para que pueda documentar, denunciar y resistir las demandas abusivas.
La defensa del derecho a participar no es tarea solo de abogados o activistas: es responsabilidad de toda la ciudadanía. Cada vez que un ciudadano común se autocensura por temor a una demanda, cada vez que un periodista deja de investigar un caso de corrupción, cada vez que un líder comunitario abandona su lucha por miedo al hostigamiento judicial, nuestra democracia se debilita. Y cada vez que resistimos estas demandas, cada vez que exigimos protección, cada vez que apoyamos a quienes enfrentan litigios abusivos, nuestra democracia se fortalece.
En el contexto de la crisis de derechos humanos que vivió Panamá en 2025, donde el Estado demostró su capacidad sistemática y disposición para reprimir violentamente la protesta social, la protección contra las SLAPP adquiere una urgencia particular. No podemos permitir que, además de la represión policial, la detención arbitraria y la tortura, se sume el hostigamiento judicial como herramienta de silenciamiento. No podemos permitir que quienes documentaron las violaciones, quienes acompañaron a las víctimas, quienes exigieron justicia sean ahora objeto de demandas diseñadas para agotarlos y silenciarlos.
El derecho a participar es fundamental. Es el derecho que nos permite construir democracias más justas, más inclusivas, más vivas. Defender este derecho contra las demandas SLAPP es defender el futuro de nuestra democracia.
Las demandas SLAPP representan una amenaza grave para la democracia participativa. Cuando el derecho a demandar se convierte en mecanismo de censura, cuando el proceso judicial se utiliza para agotar y silenciar a quienes ejercen derechos fundamentales, cuando la justicia se pervierte en herramienta de represión, estamos ante una crisis que trasciende el ámbito individual y afecta las bases mismas de nuestra convivencia democrática.
En Panamá, donde durante 2025 presenciamos una de las crisis de derechos humanos más graves de nuestra historia reciente —con tortura sistemática, detenciones arbitrarias masivas, violencia sexual de género, criminalización de la protesta social y negación del derecho a la verdad—, la ausencia de protección contra las SLAPP representa una vulnerabilidad estructural que puede ser explotada para silenciar a quienes documenten, denuncien o exijan responsabilidades por estas violaciones.
La protección contra las SLAPP no es un privilegio para periodistas o activistas: es una garantía para toda la ciudadanía. Cuando defendemos a quienes ejercen la libertad de expresión sobre asuntos de interés público, estamos defendiendo nuestro derecho a estar informados, a participar en el debate democrático, a exigir rendición de cuentas. Cuando permitimos que las SLAPP prosperen, estamos permitiendo que el poder económico y político cierre los espacios de participación ciudadana.
El movimiento global contra las SLAPP demuestra que es posible proteger la participación ciudadana sin afectar el derecho legítimo a obtener reparación por daños reales. Las leyes anti-SLAPP no impiden que las personas legítimamente afectadas por información falsa o expresiones injuriosas accedan a la justicia: simplemente establecen filtros para identificar y desestimar demandas que buscan silenciar, no reparar.
Panamá necesita urgentemente sumarse a este movimiento global. Necesitamos reformar nuestro Código Penal para eliminar los delitos de opinión que criminalizan la expresión. Necesitamos aprobar legislación anti-SLAPP que proteja a quienes participan en el debate público. Necesitamos capacitar a nuestros operadores judiciales en estándares internacionales de protección a la libertad de expresión. Necesitamos fortalecer nuestra sociedad civil para que pueda documentar, denunciar y resistir las demandas abusivas.
La defensa del derecho a participar no es tarea solo de abogados o activistas: es responsabilidad de toda la ciudadanía. Cada vez que un ciudadano común se autocensura por temor a una demanda, cada vez que un periodista deja de investigar un caso de corrupción, cada vez que un líder comunitario abandona su lucha por miedo al hostigamiento judicial, nuestra democracia se debilita. Y cada vez que resistimos estas demandas, cada vez que exigimos protección, cada vez que apoyamos a quienes enfrentan litigios abusivos, nuestra democracia se fortalece.
En el contexto de la crisis de derechos humanos que vivió Panamá en 2025, donde el Estado demostró su capacidad sistemática y disposición para reprimir violentamente la protesta social, la protección contra las SLAPP adquiere una urgencia particular. No podemos permitir que, además de la represión policial, la detención arbitraria y la tortura, se sume el hostigamiento judicial como herramienta de silenciamiento. No podemos permitir que quienes documentaron las violaciones, quienes acompañaron a las víctimas, quienes exigieron justicia sean ahora objeto de demandas diseñadas para agotarlos y silenciarlos.
El derecho a participar es fundamental. Es el derecho que nos permite construir democracias más justas, más inclusivas, más vivas. Defender este derecho contra las demandas SLAPP es defender el futuro de nuestra democracia.
Referencias
Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (2025). Informe sobre la situación de derechos humanos en Panamá.
Convención Americana sobre Derechos Humanos (Art. 13 sobre libertad de expresión y Art. 25 sobre protección judicial).
Convenio 87 y 98 de la OIT (derecho de huelga y negociación colectiva).
Declaración de las Naciones Unidas sobre el Derecho y el Deber de Individuos, Grupos e Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales Universalmente Reconocidos.
Informe de la Defensoría del Pueblo de Panamá sobre violaciones durante protestas de 2025.
Informe sobre Macrorepresión Sistemática en protestas contra la Ley 462 (Panamá, 2025).
Pring, G. W. y Canan, P. (1996). SLAPPs: Getting Sued for Speaking Out. Temple University Press.
Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH. Informe Anual 2024.
Unión Europea. (2024). Directiva sobre protección contra demandas de intimidación estratégicas.
Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (2025). Informe sobre la situación de derechos humanos en Panamá.
Convención Americana sobre Derechos Humanos (Art. 13 sobre libertad de expresión y Art. 25 sobre protección judicial).
Convenio 87 y 98 de la OIT (derecho de huelga y negociación colectiva).
Declaración de las Naciones Unidas sobre el Derecho y el Deber de Individuos, Grupos e Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales Universalmente Reconocidos.
Informe de la Defensoría del Pueblo de Panamá sobre violaciones durante protestas de 2025.
Informe sobre Macrorepresión Sistemática en protestas contra la Ley 462 (Panamá, 2025).
Pring, G. W. y Canan, P. (1996). SLAPPs: Getting Sued for Speaking Out. Temple University Press.
Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH. Informe Anual 2024.
Unión Europea. (2024). Directiva sobre protección contra demandas de intimidación estratégicas.
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